Cabildo General de Elecciones

El próximo miércoles 18 de septiembre, de 19 a 22 horas.

CONVOCATORIA DE CABILDO GENERAL ORDINARIO DE ELECCIONES EL 18 DE SEPTIEMBRE DE 2019

La Junta de Gobierno, reunida en Cabildo de Oficiales en la noche del miércoles, 5 de junio de 2019, obtenida dispensa de la Regla LXXI por la Autoridad Eclesiástica, de fecha 31 de mayo del corriente, para el adelanto de la fecha prevista para la convocatoria ordinaria de Cabildo General de Elecciones, ha acordado lo siguiente:

En cumplimiento de lo que preceptúan nuestras reglas y las Normas Diocesanas, y obtenida dispensa de la Autoridad Eclesiástica, se le cita a Cabildo General Ordinario de Elecciones, a celebrar en la Casa de Hermandad, calle Pozo, 1, el próximo miércoles, 18 de septiembre de 2019, en horario de 19 a 22 horas, con arreglo al siguiente ORDEN DEL DÍA:

  1. Rezos y preces
  2. Proclamación de la composición de la Mesa Electoral y nombramiento de escrutadores
  3. Desarrollo de la votación
  4. Lectura del resultado de la votación y proclamación de la candidatura electa
  5. Oración por nuestros hermanos difuntos

CALENDARIO PARA EL DESARROLLO ELECTORAL

Para el desarrollo del Cabildo de Elecciones y en virtud de lo que estipulan nuestras Reglas y las Normas Diocesanas, el calendario queda fijado tal y como se detalla:

Del 18 de junio al 18 de julio de 2019 (30 días naturales): Consulta del Censo Electoral para la subsanación de deficiencias u omisiones y presentación de candidaturas, cerradas y completas, para los cargos de Hermano Mayor y Junta de Gobierno.

Para la consulta del Censo y la presentación de candidatos, se abrirá la Secretaría de la Hermandad los martes, miércoles y jueves de 19:30 a 21 horas.

Día 18 de septiembre de 2019: Cabildo de Elecciones de 19 a 22 horas.

CONSIDERACIONES DE INTERÉS

Tratándose de las primeras elecciones de nuestra Hermandad con las actuales Normas Diocesanas en vigor, serán de aplicación nuestras Reglas en todo aquello que no sea contrario a las prescripciones que se deriva de aquellas.

La composición de la comisión electoral estará formada por los siguientes hermanos: doña Carmen Rodríguez Endrina, don Jesús de Ossorno Godino y don Javier Cabrerizo Cuevas.

Es muy importante la revisión del censo para la comprobación de los datos ya que con que haya un trimestre impagado hasta el 31 de diciembre de 2018, el hermano no aparecerá en el Censo, por lo que no podrá ejercer el derecho al voto ni presentarse como candidato, ni a Hermano Mayor ni a miembro de la Junta de Gobierno.

Todos los candidatos, tanto a Hermano Mayor como a Junta de Gobierno, tienen que contar con el visto bueno de la Comisión Electoral, tal y como se especifica en las Normas Diocesanas.

EXTRACTO DE LAS REGLAS Y NORMAS DIOCESANAS A TENER EN CUENTA PARA EL PROCESO ELECTORAL

Regla LXXI. Electores

Tienen derecho a votar todos los Hermanos que, en el día señalado para la elección, hayan cumplido los dieciocho años de edad y cuenten como mínimo con un año de antigüedad en la Hermandad, debiendo encontrarse al corriente de sus obligaciones de abono de cuotas a 31 de diciembre del año anterior. El hermano que no apareciese en el Censo por deber alguna cuota podrá pagarla durante los treinta días naturales de plazo para consulta del Censo, siendo incluido en éste en ese momento.

Todo hermano que no se encuentre inscrito en el Censo Electoral, pasado el plazo de rectificaciones, no tendrá derecho a voto.

Regla XLIV. Candidato a HERMANO MAYOR

Para acceder al cargo de Hermano Mayor, serán condiciones: residir en Sevilla o en radio de cercanía, ser mayor de 30 años, llevar cuatro años como mínimo de hermano en la Hermandad, estar incluido en el censo electoral, distinguirse por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica; probada entrega y conocimiento de la Hermandad y no ejercer actividades contrarias  la moral católica y social, ni desempeñar cargo de dirección o responsabilidad en sindicato, organización o partido político, o de autoridad civil ejecutiva o legislativa, en cualquiera de sus niveles. Seguirá los programas de formación, especialmente aquellos orientados a complementar la Iniciación Cristiana, organizados por la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías o por los Consejos locales de Hermandades y Cofradías, bajo la supervisión de dicha Delegación. Deberá presentar junto con su candidatura copia de Documento Nacional de Identidad o documento oficial equivalente en caso de extranjero, certificado actualizado de bautismo, y si su estado civil es casado partida de matrimonio canónico, así como declaración de encontrarse en situación familiar regular.

Regla XLII. Candidato a OTROS CARGOS de la Junta de Gobierno

Para acceder a cargos de la Junta de Gobierno, serán condiciones: residir en Sevilla o radio de cercanía, tener cumplidos 18 años en el día que se celebre la elección, llevar dos años como mínimo como hermano de la Hermandad, distinguirse por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica; estar incluido en el censo electoral y cumplir todos los requisitos tantos cristianos como políticos que se le exigen al Hermano Mayor. Seguirá los programas de formación, especialmente aquellos orientados a complementar la Iniciación Cristiana, organizados por la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías o por los Consejos locales de Hermandades y Cofradías, bajo la supervisión de dicha Delegación. Deberá presentar junto con su candidatura Deberá presentar junto con su candidatura copia de Documento Nacional de Identidad o documento oficial equivalente en caso de extranjero, certificado actualizado de bautismo, y si su estado civil es casado, partida de matrimonio canónico, así como declaración de encontrarse en situación familiar regular.

Regla LXXI. Voto por correo

Se habilita el voto por correo, el cual será solicitado por el interesado a la secretaría, que le remitirá sobre oficial de votación y las papeletas de voto de las candidaturas presentadas. Se podrá votar por correo en caso de enfermedad acreditada documentalmente mediante certificado médico oficial o por tener residencia fuera de Sevilla -y así conste en el censo-.

Son condiciones de validez del voto así emitido:

  1. La acreditación del estado de enfermedad mediante Certificado Médico Oficial.
  2. La constancia en el censo electoral de residencia fuera de la localidad.
  3. La constancia en el censo electoral del número del Documento Nacional de Identidad –o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros.
  4. Los hermanos solicitarán el voto por correo mediante solicitud por escrito, que deberá estar en poder de la Comisión Electoral con una antelación mínima de un mes a la fecha señalada para el Cabildo de Elecciones. La Comisión Electoral remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales.
  5. La papeleta de voto se introducirá en el sobre de votación y se cerrará. Este sobre, junto con una fotocopia del documento nacional de identidad o equivalente en el caso de extranjeros, se incluirá en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral, en cuyo remite deberá hacer constar su nombre y apellidos y la dirección.
  6. El envío del voto por carta se hará por certificado de Correos con acuse de recibo.
  7. Serán admitidos los votos recibidos hasta 24 horas antes de la celebración del Cabildo de Elecciones.
  8. La Comisión Electoral llevará un registro de toda la documentación recibida, la cual custodiará hasta la constitución de la Mesa Electoral.

 

    VºBº Hermano Mayor                                                           Secretario 1º

 

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